Real
Decreto 156/2013, de 1 de marzo,
por el que se regula la suscripción de convenio especial por las
personas con discapacidad que tengan especiales dificultades de
inserción laboral.
Podrán
solicitar la suscripción del convenio especial regulado en este real
decreto las personas que cumplan los siguientes requisitos:
a)
Tener dieciocho o más años de edad y no haber cumplido la edad
mínima para la jubilación ordinaria establecida en el artículo
161.1 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social,
aprobado por el Real Decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio.
b)
Residir legalmente en España y haberlo hecho durante cinco años, de
los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de
la solicitud de suscripción del convenio especial.
c)
Tener reconocida una discapacidad que implique especiales
dificultades de inserción laboral.
A
los efectos de este real decreto, tendrán dicha consideración:
1.º
Las personas con parálisis cerebral, las personas con enfermedad
mental o las personas con discapacidad intelectual, con un grado de
discapacidad reconocido igual o superior al 33 por ciento.
2.º
Las personas con discapacidad física o sensorial con un grado de
discapacidad reconocido igual o superior al 65 por ciento.